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Governance Document

AIO Statutes

The foundational document governing AIO’s legal form, purpose, institutional structure, and decision-making process.

AIO — Estatutos (Resumen)

Estos estatutos establecen las reglas para AIO como asociación sin ánimo de lucro bajo la ley civil suiza.

  1. La asociación se denominará AIO — AI Integrity Organization. Abreviatura: AIO.
  2. La asociación se constituye y opera como entidad sin ánimo de lucro bajo el Código Civil suizo.

Artículo 2 (Domicilio y duración)

  1. El domicilio legal está en Ginebra, Suiza. La dirección postal y el domicilio legal serán determinados por la Junta.
  2. La asociación se constituye por tiempo indefinido.

Artículo 3 (Objeto y actividades)

  1. El objetivo es establecer y promover un ecosistema de integridad de IA a nivel mundial.
  2. Actividades: (a) desarrollo de estándares abiertos (RBP/PRP), (b) infraestructura de verificación y certificación, (c) gobernanza abierta y interfaces BYOR, (d) educación e investigación, (e) política y cooperación internacional.

Artículo 4 (Idiomas oficiales)

  1. Los documentos oficiales se redactarán en coreano e inglés; el francés podrá añadirse cuando proceda.
  2. En caso de conflicto de interpretación, prevalecerá la versión en inglés salvo decisión distinta de la Junta.

Artículo 5 (Tipos de membresía)

  1. Categorías: (a) Miembros individuales (con voto), (b) Miembros institucionales (1 representante, con voto), (c) Miembros colaboradores (sin voto).
  2. Admisión, elegibilidad y cuotas se establecerán en el reglamento de miembros.

Artículo 6 (Derechos y deberes)

  1. Los miembros con derecho a voto tienen derecho a votar, acceso a documentos, presentar propuestas y a ser elegidos.
  2. Los miembros deben cumplir estatutos, reglamentos y la carta ética.

Artículo 7 (Retirada y expulsión)

  1. Los miembros pueden retirarse por notificación escrita.
  2. La Junta puede expulsar por violaciones graves (daño al propósito, impago, violaciones éticas graves) tras audiencia.

Artículo 8 (Órganos)

Los órganos son: Asamblea General, Junta, Secretaría, Comités/Grupos de trabajo, Auditor.

Artículo 9 (Asamblea General)

  1. Competencias: enmienda de estatutos, nombramiento/remoción de junta y auditor, aprobación de presupuesto y cuotas, normativas clave.
  2. Asamblea ordinaria anual; extraordinaria por decisión de la Junta o solicitud de al menos una quinta parte de los miembros con derecho a voto.
  3. Decisiones por mayoría de los presentes; reformas estatutarias y disolución por dos tercios.

Artículo 10 (Junta)

  1. Compuesta por 3–11 miembros, incluido un Presidente.
  2. Supervisa planes, presupuestos, comités, Secretaría y relaciones externas.
  3. Mandato de dos años, reelección posible.

Artículo 11 (Secretaría)

  1. La Secretaría ejecuta operaciones; su directora/el director es nombrado por el Presidente a propuesta de la Junta.

Artículo 12 (Comités)

Comités permanentes y ad hoc: Standards WG, Audit & Certification WG, Ethics & Legal WG, Education & Community WG.

Artículo 13 (Finanzas)

  1. Fondos: cuotas, donaciones, subvenciones, ingresos por servicios, otros. Año fiscal: 1 enero – 31 diciembre.
  2. Los activos se utilizan exclusivamente para los fines de la asociación.

Artículo 14 (Contabilidad & Auditoría)

El Consejo puede encargar auditorías internas o externas; las cuentas finales requieren aprobación de la Asamblea General.

Artículo 15 (Conflicto de intereses)

Funcionarios y miembros de comités deben declarar conflictos y abstenerse cuando proceda.

Artículo 16 (Protección de datos)

La asociación cumple con la ley suiza de protección de datos (nFADP) y realiza DPIAs para procesamientos de alto riesgo.

Artículo 17 (Registros & Transparencia)

Se retienen las actas; decisiones clave son públicas por defecto; artefactos críticos pueden fijarse con hash.

Artículo 18 (PI & Licencias)

Publicaciones por defecto bajo CC BY 4.0; código fuente por Apache-2.0 o MIT. Materiales de terceros según condiciones originales.

Artículo 19 (Resolución de disputas & Ley aplicable)

Disputas internas se mediarán; la ley suiza se aplica; jurisdicción en Ginebra.

Artículo 20 (Enmiendas)

Se requieren dos tercios para enmiendas estatutarias en la Asamblea General.

Artículo 21 (Disolución)

La disolución requiere dos tercios; activos remanentes irán a una entidad de beneficio público.


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